Page 19 - Manual de Convivencia 2023
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dentro de la institución escolar, ésta será mayor y, por el contrario, mientras menor
edad tengan los involucrados, disminuye su autonomía y, por ende, su
responsabilidad.
Es necesario informarse sobre el contexto, la motivación y los intereses que rodean la
aparición de la falta.
Ejemplos: una agresión física debe evaluarse distinto si se trata de un acto en
defensa propia (agresión) o de un acto de discriminación con la intención de dañar
(violencia).
Art. 84°. Respeto a la dignidad de las personas.
Las sanciones deben permitir que las y los alumnos tomen conciencia de las
consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y
desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño. Para ser
formativas, reparadoras y eficientes, las sanciones deben ser coherentes con
la falta.
CAPÍTULO IX
MADRES, PADRES DE FAMILIA Y TUTORES
DERECHOS
Art.85°. Informar a las autoridades de la escuela cualquier problema relacionado con
la educación de sus hijas, hijos o tutorados, para que ellos se aboquen a la resolución
de los mismos.
Art.86°. Ser notificado de inmediato si su hija o hijo sufre algún daño o accidente
dentro de la escuela o en alguna actividad de la misma.
Art.87° Colaborar con la escuela en beneficio de la superación de las y los alumnos
para el mejoramiento de la escuela.
Art.88° Formar parte de las asociaciones de madres y padres de familia y de los
consejos de participación social.
Art.89° Conocer con oportunidad el calendario escolar oficial, cambios de horarios,
acuerdos o reformas escolares que se presenten.
Art.90° Conocer la formación profesional, capacitación y actualización del personal
docente y directivo de la escuela, así como los resultados de las evaluaciones
nacionales o estales practicadas a la comunidad escolar.
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