Page 16 - Manual de Convivencia 2023
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alumnos que no lo deseen bajo documento firmado por los padres, madres o tutores
       de familia).

       DE LOS CONFLICTOS

       Art.74°. Los conflictos generados en la escuela por las y los alumnos se resolverán a
       través  de  los  mecanismos  de  mediación,  conciliación  y  arbitraje.  Estos
       procedimientos serán supervisados e implementados según sea el caso por personal
       o estudiantes capacitados y especializados en  el manejo de estos métodos. En caso
       de conducta grave o situaciones de carácter sexual. No existe la conciliación ni la
       mediación, se procurará el bienestar emocional de las partes.

       DE LAS SANCIONES

       Art.75°. Se plantea que las conductas que contravengan el presente reglamento sean
       corregidas a través de medidas reparatorias y por las sanciones por reciprocidad que
       plantea Piaget, ya que estas sanciones están directamente relacionadas con el acto
       que queremos sancionar y su propósito es incitar a la alumna y al alumno a construir
       una cultura de paz y no violencia, que posibilita unas reglas de conducta mediante
       la coordinación de diferentes puntos de vista.

       Art.76°. Las sanciones se establecerán de acuerdo a la gravedad de la conducta y se
       aplicarán después de escuchar a la o el estudiante que no haya   cumplido  con  el
       reglamento.

       Art.77°.  Para  ser  formativas,  reparadoras  y  eficientes,  las  sanciones  deben  ser
       coherentes con la falta. Como lo son las siguientes;

          Sanciones:

        I.Exclusión temporal del grupo, se refiere a dar la opción a la alumna o alumno de
          salir del salón de clases para tranquilizarse hasta que ella o él decida seguir las
          normas de la clase.
        II.Consecuencias directas y materiales del acto, enfrentar a las y los  alumnos a las
          consecuencias directas de sus actos, evitando consecuencias que vulneren su
          integridad y su dignidad.
       III.Quitar a la alumna o alumno del objeto que ha maltratado, se trata de detener la
          acción de ellos de maltrato sea a las instalaciones de  la  escuela  o  de  limitar  o
          contener a la o el estudiante que esté violentando a otro u otra compañera.
       IV.Restitución  física  o  emocional,  buscar  la  forma  de  restitución  material  o







          emocional de los daños causados por la falta cometida,        que lleven realmente a las


          o  los  estudiantes  a  concientizarse  del  daño   causado  con  sus  acciones  y  a
          responsabilizarse  de  las  consecuencias.  Para  ello,  el  alumnado  y  el  personal
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