Page 11 - Manual de Convivencia 2023
P. 11

Baja Disciplinaria
       Atendiendo a las indicaciones de la Secretaría de Educación Pública, Federal y Estatal,
       en relación al Pronunciamiento Cero Tolerancia al Acoso y Hostigamiento Sexual, se
       aplicará el reglamento dando parte a las instancias correspondientes como lo señala
       la propia ley de educación.

       Art.36° Independientemente de la reparación del daño causado,  la baja disciplinaria
       procederá  en  forma  definitiva  cuando  deliberadamente  se  viole  el  presente
       reglamento o se altere violentamente la disciplina y el orden de la Institución. En
       caso  de  delito  se  dejará  a  salvo  el  derecho  de  terceros  para  proceder  en  la  vía
       correspondiente.

        *La  SEP  refrenda  el  firme  compromiso  por  continuar  implementando  el
        Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento y acoso
        sexual en las instituciones de nivel medio superior.

       Art.37° Será baja definitiva disciplinaria todas aquellas que se señalan en el artículo
       63° del capítulo VII Responsabilidades, derechos y sanciones del estudiantado.

       Baja Voluntaria

       Art.38° La o el alumno acompañado de su madre/padre o tutor, podrá solicitar su
       baja voluntaria por escrito a la dirección del plantel,  expresando claramente los
       motivos  que  la  justifiquen,  y  puede  ser  temporal hasta por dos  semestres. Los
       estudiantes  que  hayan  cursado  hasta   el  segundo  parcial  deberán  pagar  las
       cooperaciones correspondientes a lo cursado.

       De los programas que contribuyen a la permanencia escolar.
       Art.39° Curso de Inducción: Evento que permite a los estudiantes de nuevo  ingreso su

       integración y nivelación al sistema académico de nivel medio         superior.
       Art.40° Jornadas de Salud: Programa que fomenta actividades que  promueven el
       cuidado de la salud física, emocional y psicosocial del estudiantado, madres y padres
       de familia.

       Art.41°  Actividades  deportivas  y  culturales:  Promueven  la  práctica  de  diversas
       formas de expresión y participación. Los estudiantes podrán participar          por lo menos

       en un programa durante los seis semestres.

       Art.42° Tutorías: Programa Institucional de la DGB, que apoya la formación integral
       del estudiantado a través de actividades encaminadas a evitar la reprobación y la
       deserción.


       10
   6   7   8   9   10   11   12   13   14   15   16