Page 24 - Manual de Convivencia 2023
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18. Para cumplir con los preceptos 14 y 15 es necesario que el personal docente
reciba capacitación previa en resolución de conflictos sin violencia, medidas
reparatorias y sanciones por reciprocidad.
CAPÍTULO XII
PERSONAL ADMINISTRATIVO
Art.114°. De los Derechos
1. Ser respetado en su persona y en sus cosas por todos los integrantes de la
comunidad escolar, por las y los padres de familia.
2. Laborar en una escuela libre de violencia en la que los integrantes conviven
y se relacionan respetando sus derechos humanos.
3. No ser discriminado por ningún integrante de la comunidad escolar.
4. Buscar la resolución de conflictos sin violencia con sus compañeras y
compañeros de trabajo.
5. Ser evaluado de forma periódica e individual y ser retroalimentado con el
conocimiento de los avances o dificultades presentadas.
6. Recibir atención inmediata por el personal directivo si es vulnerado en su
integridad física, emocional y social por algún integrante de la escuela. Ser
escuchado, cuando se le señale el incumplimiento de una regla.
7. Responsabilizarse de sus actos a través de procedimientos que no vulneren
sus derechos, ni su integridad y en apego a la legislación laboral vigente de
su centro escolar.
Art. 115°. De las Responsabilidades
1. Asistencia puntual a su centro laboral.
2. Justificar las inasistencias, se requiere comprobante médico o el justificante
previsto por la causa de fuerza mayor por la que se dio la inasistencia.
3. Cumplir con sus labores diariamente.
4. Entregar a la Dirección del plantel, la planeación de las actividades que
desarrolla propias de su área o departamento.
5. Permanecer en la escuela de acuerdo al horario laboral establecido.
6. Asistir diariamente en adecuadas condiciones de higiene y aliño.
7. Mantener en buen estado el mobiliario, equipo de cómputo, aulas escolares
y en general las instalaciones de la escuela.
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